
¿Te han reconocido una incapacidad permanente total y temes perder tu trabajo? Buenas noticias: la empresa ya no puede despedirte automáticamente. Te explicamos por qué en menos de 1 minuto.
El caso: mozo de almacén con incapacidad permanente total
Imagina que trabajas como mozo de almacén y, tras un accidente laboral o una enfermedad, el INSS te reconoce una incapacidad permanente total (IPT) para tu profesión habitual. Esto significa que no puedes seguir cargando peso ni realizando las tareas propias de tu puesto, pero sí podrías desempeñar otras funciones dentro de la empresa (control de stock, atención al cliente, tareas administrativas, etc.).
Hasta hace poco, el artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores permitía a la empresa extinguir tu contrato de forma automática. Pero esto ha cambiado.
Lo que dice el Tribunal de Justicia de la UE
Sentencia Ca Na Negreta (C-631/22, de 18 de enero de 2024)
El TJUE establece que el empresario no puede despedirte automáticamente por una IPT sin antes:
- Estudiar ajustes razonables en tu puesto de trabajo (adaptar funciones, cambiar de puesto, modificar la jornada…).
- Reubicarte en otro puesto vacante compatible con tus limitaciones, si existe.
- Demostrar que esos ajustes le suponen una carga excesiva, en caso de no aplicarlos.
Despedir sin cumplir estos pasos puede constituir discriminación por discapacidad, prohibida por la Directiva 2000/78/CE.
Sentencia Zirvatta (C-597/24, de 12 de marzo de 2026)
El TJUE matiza que los ajustes razonables deben ser individualizados: medidas concretas adaptadas a tus necesidades reales, no normas generales y abstractas. La empresa debe analizar tu caso particular, no aplicar reglas estándar.
¿Cómo debes actuar como trabajador?
- No firmes la extinción del contrato sin asesorarte antes.
- Solicita por escrito a tu empresa que estudie un cambio de puesto o adaptación compatible con tu IPT.
- Conserva toda la documentación: resolución del INSS, informes médicos, comunicaciones con la empresa.
- Si te despiden sin valorar ajustes razonables, puedes impugnar el despido como nulo por discriminación.
Conclusión
La incapacidad permanente total ya no es sinónimo de despido automático. Si la empresa puede adaptarte un puesto sin asumir una carga desproporcionada, está obligada a hacerlo. Conoce tus derechos y defiéndelos.
¿Necesitas asesoramiento sobre tu incapacidad permanente total? Contacta con nuestro despacho y te ayudamos a proteger tu puesto de trabajo.






