El Tribunal Supremo ha dictaminado que las empresas no pueden usar los pluses de disponibilidad para sustituir el pago de horas extra cuando el trabajador permanece obligado dentro del buque y bajo control de la empresa.

El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia relevante sobre el tiempo de disponibilidad y el pago de horas extraordinarias en el sector marítimo. La resolución analiza si las empresas pueden utilizar un plus de disponibilidad o de presencia para compensar automáticamente las horas de trabajo realizadas fuera de la jornada ordinaria, especialmente cuando el trabajador permanece a disposición de la empresa dentro del propio buque.

El caso afecta a un mecánico naval que trabajaba para una empresa de remolque marítimo en Santander y que reclamaba más de 100.000 euros por exceso de jornada y horas extraordinarias no abonadas correctamente. El trabajador realizaba largos periodos embarcado en remolcadores, permaneciendo en muchas ocasiones durante 24 horas seguidas dentro del barco, alternando tiempos de trabajo efectivo con periodos de disponibilidad.

Uno de los aspectos más importantes de la sentencia es que el Tribunal Supremo vuelve a diferenciar entre simple disponibilidad y tiempo efectivo de trabajo. En este caso, existía ya una sentencia previa que había declarado que determinadas horas de presencia realizadas dentro del remolcador debían considerarse tiempo efectivo de trabajo, especialmente cuando el trabajador estaba obligado a permanecer físicamente en el barco y no podía disponer libremente de su tiempo.

La empresa defendía que esas horas ya quedaban compensadas económicamente mediante un “plus de actividad” o “plus de asistencia” previsto en el pacto de empresa. Según la compañía, ese complemento salarial retribuía precisamente la disponibilidad, la permanencia en el buque y las especiales condiciones de trabajo, por lo que no correspondía abonar además horas extraordinarias.

Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria rechazaron esa interpretación y condenaron a la empresa a pagar cerca de 48.000 euros al trabajador por exceso de jornada. Posteriormente, el Tribunal Supremo confirma esa decisión y rechaza el recurso presentado por la empresa.

La resolución aclara que un plus de disponibilidad no puede utilizarse automáticamente para absorber o compensar todas las horas extraordinarias realizadas por el trabajador, especialmente cuando esas horas ya han sido consideradas legalmente tiempo efectivo de trabajo. El Supremo explica que no es lo mismo estar simplemente localizable o disponible fuera del centro de trabajo que permanecer obligado dentro del buque, a disposición constante de la empresa y con limitaciones reales para organizar libremente el tiempo personal.

Otro aspecto relevante es que el Tribunal Supremo diferencia claramente entre distintos tipos de disponibilidad. En el caso analizado, algunas horas sí se consideraban mero tiempo de localización, porque el trabajador podía permanecer fuera del remolcador y disponía de un margen de reacción suficiente para acudir si era llamado. Pero otras horas, especialmente las pasadas dentro del buque, sí debían computarse como tiempo efectivo de trabajo porque el trabajador estaba sometido a restricciones importantes.

La sentencia también deja claro que cada caso debe analizarse individualmente según las condiciones reales de trabajo y el contenido concreto de los convenios o pactos de empresa aplicables. El Supremo rechaza comparar automáticamente esta situación con otros casos del sector marítimo donde existían convenios colectivos distintos y sistemas diferentes de disponibilidad y descansos.

En definitiva, esta resolución refuerza el criterio de que las empresas no pueden utilizar de forma genérica los pluses de disponibilidad para evitar el pago de horas extraordinarias cuando el trabajador permanece realmente sometido al poder de dirección de la empresa durante largos periodos de tiempo. La sentencia vuelve a poner el foco en la importancia de analizar las condiciones reales de disponibilidad y descanso para determinar cuándo existe auténtico tiempo de trabajo y cuándo no.